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CONDUCTA. GRISÚ y ALLIANCE, las empresas controlantes de los principales boliches de la ciudad de Bariloche, fueron sancionadas por la CNDC en el marco de una investigación en la que se acreditó un acuerdo colusorio para fijar precios y repartirse el mercado de servicios de discoteca para el turismo estudiantil en dicha ciudad. La denuncia fue efectuada por Powerlink, la cual luego fue imputada por la Secretaría de Comercio.
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Exp.
N° EX-2018-04238603-
-APN-CME#MP caratulado: “C. 1670 - ALLIANCE S.R.L. Y GRISÚ S.A. S/
INFRACCIÓN
LEY 25.156” – Dictamen CNDC N° IF-2022-101462437-APN-CNDC#MEC del
23.09.22. Resolución
N° 115 de la SC del 25.11.2022.
CONDUCTA.
GRISÚ
y ALLIANCE, las empresas controlantes de los principales boliches de la
ciudad
de Bariloche, fueron sancionadas por la CNDC en el marco de una
investigación
en la que se acreditó un acuerdo colusorio para fijar precios y
repartirse el
mercado de servicios de discoteca para el turismo estudiantil en dicha
ciudad. La
denuncia fue efectuada por Powerlink, la cual luego fue imputada por la
Secretaría de Comercio.
En
la
investigación se corroboró que las empresas ALLIANCE y GRISÚ
establecieron un
acuerdo para la fijación conjunta de los precios de las entradas a las
discotecas operadas por ellas, emitiendo un tarifario único que hacían
llegar a
las agencias de turismo de forma periódica, incluyendo el porcentaje de
aumento. Asimismo, se verificó un acuerdo para el reparto de mercado
por franja
horaria entre las empresas denunciadas y la denunciante y el reparto de
clientes
para que los estudiantes concurran, como mínimo, una noche a cada
discoteca. La
CNDC observó además que la formación del cartel fue posible por la
posición
dominante que gozaban las empresas en tal mercado.
No
obstante, en la
resolución se decidió eximir a Powerlink por colaborar con la autoridad
y por
considerar que actuó bajo coacción, teniendo en cuenta la incorporación
del
programa de clemencia en la actual Ley de defensa de la Competencia N.°
27442 y
la facultad de graduación de penas establecida allí.
Así,
se sancionó a
Grisú con una multa de 90,3 millones de pesos y a Alliance con una
multa de 150
millones de pesos, el monto máximo permitido por la anterior Ley de
Defensa de
la Competencia N.° 25.156. También se dispuso a ésta última una orden
de desconcentración
para una de sus discotecas, debiendo cesar todo tipo de control sobre
la misma.
Finalmente,
se ordenó
a las empresas imputadas el cese de la cartelización y del intercambio
de
información sensible para comercializar de forma independiente y
competitiva.
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