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mayo  17, 2024

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CONDUCTA. GRISÚ y ALLIANCE, las empresas controlantes de los principales boliches de la ciudad de Bariloche, fueron sancionadas por la CNDC en el marco de una investigación en la que se acreditó un acuerdo colusorio para fijar precios y repartirse el mercado de servicios de discoteca para el turismo estudiantil en dicha ciudad. La denuncia fue efectuada por Powerlink, la cual luego fue imputada por la Secretaría de Comercio.

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PLANTILLA LEGISLACION

Exp. N° EX-2018-04238603- -APN-CME#MP caratulado: “C. 1670 - ALLIANCE S.R.L. Y GRISÚ S.A. S/ INFRACCIÓN LEY 25.156” – Dictamen CNDC N° IF-2022-101462437-APN-CNDC#MEC del 23.09.22. Resolución N° 115 de la SC del 25.11.2022.

 

CONDUCTA. GRISÚ y ALLIANCE, las empresas controlantes de los principales boliches de la ciudad de Bariloche, fueron sancionadas por la CNDC en el marco de una investigación en la que se acreditó un acuerdo colusorio para fijar precios y repartirse el mercado de servicios de discoteca para el turismo estudiantil en dicha ciudad. La denuncia fue efectuada por Powerlink, la cual luego fue imputada por la Secretaría de Comercio.

 

En la investigación se corroboró que las empresas ALLIANCE y GRISÚ establecieron un acuerdo para la fijación conjunta de los precios de las entradas a las discotecas operadas por ellas, emitiendo un tarifario único que hacían llegar a las agencias de turismo de forma periódica, incluyendo el porcentaje de aumento. Asimismo, se verificó un acuerdo para el reparto de mercado por franja horaria entre las empresas denunciadas y la denunciante y el reparto de clientes para que los estudiantes concurran, como mínimo, una noche a cada discoteca. La CNDC observó además que la formación del cartel fue posible por la posición dominante que gozaban las empresas en tal mercado.

 

No obstante, en la resolución se decidió eximir a Powerlink por colaborar con la autoridad y por considerar que actuó bajo coacción, teniendo en cuenta la incorporación del programa de clemencia en la actual Ley de defensa de la Competencia N.° 27442 y la facultad de graduación de penas establecida allí.

Así, se sancionó a Grisú con una multa de 90,3 millones de pesos y a Alliance con una multa de 150 millones de pesos, el monto máximo permitido por la anterior Ley de Defensa de la Competencia N.° 25.156. También se dispuso a ésta última una orden de desconcentración para una de sus discotecas, debiendo cesar todo tipo de control sobre la misma.

Finalmente, se ordenó a las empresas imputadas el cese de la cartelización y del intercambio de información sensible para comercializar de forma independiente y competitiva.




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